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Modificación de ingreso mínimo mensual y de los topes imponibles de cotizaciones previsionales y de seguridad social

Según lo establecido en el Decreto N°3, publicado en el Diario Oficial el 6 de febrero de 2025, a partir del 1 de enero de 2025, el ingreso mínimo mensual asciende a $510.636.-

Para su cálculo, se consideró la variación del IPC entre el 1 de julio de 2024 y 31 de diciembre de 2024.

  1. Es importante recordar que el aumento del Ingreso Mínimo Mensual tiene injerencia en:
  • Aumento en el tope de la gratificación legal, por lo que se debe considerar este nuevo monto para calcular el máximo correspondiente 4,75 ingresos mínimos mensuales.
  • Aumento en los montos de las multas administrativas impuestas por la Inspección del Trabajo, calculadas conforme al ingreso mínimo mensual.
  1. Asimismo, desde el 1 de enero de 2025 se actualiza los valores de:
  • Ingreso mínimo mensual para trabajadores menores de 18 y mayores de 65 años: $380.923.-
  • Ingreso mínimo mensual para efectos no remuneracionales: $329.151.-
  1. Aumentan los topes imponibles de la remuneración y renta mensual a considerar para efectuar los descuentos por concepto de cotizaciones previsionales:
  • Cotizaciones previsionales del sistema de pensiones (AFP), sistema de salud (FONASA/ISAPRE) y ley de accidentes del trabajo: 87,8 UF.
  • Cotizaciones del seguro de cesantía (AFC): 131,8 UF.

Estos nuevos topes aplicarán a partir del pago de las cotizaciones previsionales correspondientes a las remuneraciones de enero de 2025.

Si requiere información adicional sobre esta materia, contactar a Alfred Sherman (asherman@jdf.cl) o Leyla Alul (lalul@jdf.cl)

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