NOVEDADES

Extensión de la Vigencia de la Calificación de Instalaciones de Transmisión (Ley 21.883)

En el marco de la implementación de la recientemente aprobada Ley 21.883 de Protección Tarifaria Eléctrica, y del Oficio Ordinario N°1158 del Ministerio de Energía; el pasado 18 de agosto de 2026 la Comisión Nacional de Energía dictó la Resolución Exenta N°437/2026, con el objeto de extender la calificación de las instalaciones de los sistemas de transmisión del año 2024.

  • Contenido de la Resolución

La resolución extiende por única vez, hasta el 31 de diciembre de 2032, la aplicación de la calificación de instalaciones de transmisión contenida en el Informe Técnico Definitivo de Calificación de Instalaciones de los Sistemas de Transmisión. Este informe fue aprobado mediante la Resolución Exenta N°460 del 30 de agosto de 2024 y ha tenido modificaciones posteriores, siendo la última la Resolución Exenta N°410 del 6 de agosto de 2026. La extensión abarca tanto las incorporaciones y actualizaciones ya realizadas durante el período 2024 a 2027 como las que corresponda efectuar durante el nuevo período de aplicación extendida, conforme a los artículos 87, 100 y 102 de la Ley General de Servicios Eléctricos y a los artículos 8 y 9 del Reglamento de Calificación.

En consecuencia, se mantiene vigente el mecanismo de incorporación mensual, dentro de los primeros cinco días hábiles de cada mes, de las instalaciones que entren en operación o que conforme a la normativa aplicable deban incorporarse o actualizarse en la resolución de calificación.

  • Observaciones

Esta medida busca dar estabilidad al segmento de transmisión y permitir ordenar y completar con más detalle los inventarios de instalaciones antes de que se revise nuevamente la calificación. Esto es particularmente relevante frente a los cambios de calificación entre instalaciones de servicio público, ya sea nacional o zonal, y dedicadas, ya que estos cambios gatillan la obligación de negociar contratos de transmisión conforme al régimen legal vigente.

Vale la pena destacar que esta facultad se ejerce por única vez. Por lo tanto, la nueva vigencia extendida hasta diciembre de 2032 constituye el marco temporal definitivo bajo el cual operará la calificación en curso, sin perjuicio de que sigan incorporándose las actualizaciones mensuales conforme a la normativa aplicable.

 

Si requiere información adicional sobre esta materia, contactar a Francisco López (flopez@jdf.cl) o Eduardo Silva (esilva@jdf.cl).

 

RESOLUCIÓN EXENTA Nº 4372026

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