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Ministerio de Medio Ambiente – Anteproyecto Reglamento del Sistema de Compensaciones de Normas de Emisión de Gases de Efecto Invernadero y Forzantes Climáticos de Vida Corta y somete a consulta ciudadana

Con fecha 14 de noviembre de 2024 se publica en el Diario Oficial la Resolución Exenta N°5959 de 8 de noviembre de 2024, que aprueba el Anteproyecto de Reglamento para el sistema de compensación de emisiones de gases de efecto invernadero y forzantes climáticos de vida corta, en virtud del artículo 15 de la Ley N°21.455, Ley Marco de Cambio Climático.

Este Anteproyecto se somete a consulta ciudadana, permitiendo que personas naturales o jurídicas presenten observaciones a su contenido en un plazo de 23 días hábiles, esto es, hasta el día 17 de diciembre de 2024.

 

En lo medular, el Anteproyecto regula lo siguiente:

Título I – Disposiciones Generales: Establece el ámbito de aplicación del Reglamento, definiciones de conceptos técnicos y jurídicos, como los criterios base para la aplicación de la regulación.

Título II – Metodologías y Programas de Certificación Externos: Regula la validación de metodologías para la reducción o absorción de emisiones y el reconocimiento de programas externos de certificación.

Título III – Proyectos de Reducción o Absorción de Emisiones: Establece el proceso de aprobación de proyectos de reducción o absorción de emisiones, el registro de los proyectos aprobados y los criterios para su modificación.

Título IV – Certificados de Reducción y Absorción de Emisiones: Establece las condiciones para la emisión e inscripción de certificados de reducción de emisiones y los procedimientos para la generación de certificados de excedentes.

Título V – Compensación de Emisiones: Establece el procedimiento administrativo para la solicitud del uso de certificados de reducción o absorción de emisiones o certificados de excedentes para compensar normas de emisión.

Título VI – Sistemas de Registro Público: Define el funcionamiento de los registros de proyectos y certificados, de entidades técnicas verificadoras y de establecimientos, fuentes emisoras o agrupación de éstas.

 

Por último, se establecen disposiciones transitorias para regular materias que requieren una implementación progresiva.

 

En caso de que requiera información adicional sobre esta materia, pueden contactar a: Javier Naranjo jnaranjo@jdf.cl; Martín Esser, messer@jdf.cl; María Paz Valenzuela, mpvalenzuela@jdf.cl; y, Javiera Rodríguez, jrodriguez@jdf.cl.

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