Con fecha 18 de febrero de 2025 se publica en el Diario Oficial la Ley N.º 21.727, que prorroga el plazo establecido en la Ley N.º 21.435 para la inscripción y el registro de derechos de aprovechamiento de aguas.
En lo medular, la Ley N.º 21.727 establece lo siguiente:
- Prórroga del plazo para la inscripción y el registro de derechos de aprovechamiento de aguas: Se amplía el plazo hasta el 6 de abril de 2027, para efectuar la inscripción de derecho de aprovechamiento de aguas constituidos por acto de autoridad en el Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes respectivo y para registrarlos en el Catastro Público de Aguas.
- Registro en el Catastro Público de Aguas: Los Conservadores de Bienes Raíces deberán informar a la Dirección General de Aguas (DGA) las inscripciones de derechos de aprovechamiento de aguas que se realicen según lo anterior, adjuntando una copia del certificado de dominio vigente y de la inscripción respectiva, a fin de que dicha Dirección pueda proceder a registrarlo en el Catastro Público de Aguas, situación a la que no se aplicará la sanción dispuesta por falta de registro en el plazo establecido.
En caso de que requiera información adicional sobre esta materia, pueden contactar a: Javier Naranjo jnaranjo@jdf.cl; Martín Esser, messer@jdf.cl; María Paz Valenzuela, mpvalenzuela@jdf.cl; y, Javiera Rodríguez, jrodriguez@jdf.cl.