Con fecha 28 de febrero de 2025, la Comisión para el Mercado Financiero (“CMF” o la “Comisión”) emitió la Norma de Carácter General N°532 (“NCG 532” o la “Normativa”), la cual regula el contenido y la forma en que las administradoras generales de fondos (“AGF”) deberán remitir cierta información para su fiscalización y la de los fondos bajo su administración. Asimismo, introduce modificaciones a la Norma de Carácter General N°365 (“NCG 365”) y deroga o modifica otros cuerpos normativos.
- Contenido de la Normativa
La NCG 532 tiene como objetivo estandarizar el sistema de reporte de información de las AGF, mediante la creación del Manual de Sistema de Información de Fondos (“MSI de Fondos”), el cual establece directrices generales para la remisión de información. Además, detalla los archivos que deberán ser remitidos de forma periódica, a través del canal oficial de comunicación entre las entidades fiscalizadas y la CMF, definiendo el contenido y los plazos de envío según el tipo de fondo:
- FONDOS01: Cartera de inversión de los fondos para instrumentos distintos de contratos derivados.
- FONDOS02: Cartera de inversión de los fondos para instrumentos de contratos derivados.
- FONDOS03: Información general de gastos y remuneraciones efectivas.
- FONDOS04: Información desagregada de gastos y remuneraciones efectivas, en el caso de fondos mutuos y fondos de inversión rescatables.
- FONDOS05: Activos, pasivos y patrimonio diario de los fondos.
- FONDOS06: Caracterización de los partícipes de los fondos.
- FONDOS07: Información sobre disminuciones de capital, en el caso de fondos de inversión no rescatables.
Adicionalmente, la Normativa indica que las AGF deberán remitir información sobre las garantías constituidas o actualizadas para cada fondo, e introduce modificaciones a la NCG 365, estableciendo que, al momento de depositar un nuevo reglamento interno o modificar uno ya existente, se deberá adjuntar un archivo que contenga las variables principales de dicho reglamento interno.
- Vigencia de la Normativa
La NCG 532 entrará en vigor el 1 de diciembre de 2025. No obstante, las obligaciones de envío de información establecidas en los cuerpos normativos derogados se mantendrán vigentes durante los próximos 6 meses desde la entrada en vigencia de la Normativa.
En caso de requerir información adicional sobre esta materia, puede contactar a Christian Schiessler (cshiesslerq@jdf.cl) y a Francisca Chávez (fchavez@jdf.cl).