Con fecha 27 de septiembre de 2023, la Comisión para el Mercado Financiero (la “CMF” o la “Comisión”) publicó la normativa en consulta que imparte instrucciones relativas al envío de información sobre instrumentos de la cartera propia de los intermediarios de valores y deroga la Circular N°1720 de 2004. Lo anterior implica una modernización de las actuales exigencias de información que se exigen a los intermediarios de valores y que se emplean para fines estadísticos y de fiscalización en el ámbito prudencial, con el objeto de adecuarlas a los nuevos procesos y optimizar la carga regulatoria para fiscalizados.
La referida propuesta normativa busca que los intermediarios de valores remitan a la Comisión el detalle, características y valorización de los instrumentos que forman parte de su cartera propia, al último día del mes y señala que dicha información “deberá presentarse dentro de los cinco primeros días hábiles del mes siguiente al que se informa”.
Al mismo tiempo, la referida propuesta apunta a actualizar el requerimiento de información, con la finalidad de que la CMF pueda realizar una adecuada fiscalización. Dicha actualización se realizará mediante la implementación -a esta materia- del Sistema de Envío de Información en Línea (SEIL), con el objeto de que los intermediarios de valores entreguen a la CMF la información relativa a su cartera propia por dicho sistema y no por el actual, que consiste en un reporte efectuado en la práctica por medio de un archivo Excel y el envío de un correo electrónico al área de supervisión de forma mensual.
La mencionada propuesta tiene por objeto mejorar el proceso actual, permitiendo a la CMF asegurar la exactitud y suficiencia de la información enviada, por medio de la implementación de un sistema de validación de la información por medio de SEIL; habilita a la Comisión para disponer de un sistema de control de envíos, lo que permite que el intermediario pueda solicitar reenvíos de información por medio de SEIL a la Comisión; optimiza la carga regulatoria para los intermediarios al derogar la Circular N°1.720, ya que dicha información se obtiene con una mayor periodicidad y detalle a través de otras fuentes; y permitiría a la Comisión almacenar la información entregada por el intermediario en bases de datos, lo que facilita su uso por las diversas unidades que lo requieran.
El plazo que la CMF fijó para la recepción de comentarios respecto a la referida normativa en consulta, termina el 16 de octubre del 2023.
En caso de requerir información adicional sobre esta materia, puede contactar a Christian Schiessler (cschiesslerq@jdf.cl) y/o a Fernando Valenzuela (fvalenzuela@jdf.cl).